lunes, 18 de febrero de 2008

Impuestos

El impuesto es pues, jurídicamente, como todos los tributos una institución de derecho público, y por tanto una obligación unilateral coactivamente por el Estado en virtud de su poder de impero. Es un hecho institucional unido necesariamente a la existencia de un sistema social fundado en la propiedad privada o que al menos reconoce el uso privado de ciertos bienes. Tal sistema social requiere la existencia de un órgano de dirección (el Estado) encargado de satisfacer necesidades públicas que demandan gastos, y por consiguiente ingresos. Por esta razón el Estado es investido en la potestad de recabar coactivamente cuotas de riqueza de los obligados aun sin proporcionarles servicios concretos divisibles como retribución. Teniendo en cuenta lo antes dicho se sintetiza el concepto de la siguiente manera: “son impuestos las prestaciones en dinero o en especies, exigidas por el Estado, en virtud del poder del imperio, a quienes se hayan en las situaciones consideradas por la ley como hechos imponibles.

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